El Consejo Universitario exige que se decrete inconstitucional el acuerdo del 31 de julio para volver a pagar la tarifa anterior.

Estudiantes y docentes de la Facultad de Bellas Artes protagonizaron un performance relacionado con esta problemática.

En Sesión Extraordinaria, el H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Querétaro aprobó la solicitud de promoción de amparo relacionado con el transporte público colectivo en el estado, presentado por profesores y estudiantes de la Facultad de Derecho; documento que fue firmado por el Dr. Gilberto Herrera Ruiz, rector de esta Casa de Estudios, y entregado al Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en Querétaro.

Al respecto, el Dr. Herrera Ruiz indicó que “la Universidad no está peleando los 50 centavos de los alumnos, sino por el ingreso económico de quienes pagan sus estudios universitarios; hay que recordar que es la sociedad queretana la que hace realidad los estudios que les estamos dando y es importante que defendamos el ingreso económico de todos los queretanos”.

El Mtro. César Tarello Leal, profesor investigador de la Facultad de Derecho, explicó que la solicitud de amparo exige que se decrete inconstitucional el acuerdo del 31 de julio referente al incremento a las tarifas del transporte público colectivo en las zonas urbanas del estado de Querétaro y la zona metropolitana y, por tanto, que no tenga validez, de modo que los usuarios paguen la tarifa anterior; además de la creación de un portal electrónico para que se den a conocer los estudios pertinentes que sustentan el incremento.

Detalló que estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho han impulsado la idea de que la UAQ, como agente de cambio social, debe buscar la manera de que -representando el interés legítimo de la comunidad universitaria- pueda actuar en consecuencia y hacerle ver a las autoridades –a través de un canal institucional– la oportunidad de declarar inconstitucional el acuerdo, toda vez que está plagado de vicios constitucionales.

Señaló que el interés legítimo pertenece a aquella persona física o moral que aunque no reciba directamente el daño, sí tiene afectaciones colaterales en la colectividad de la cual forma parte; en el caso de la Universidad, como persona moral, “nosotros como integrantes de esa comunidad nos vemos indirecta y colateralmente afectados por ello, por un incremento desproporcionado en la tarifa de servicio público de transporte que daña no solamente la economía de la comunidad universitaria, sino fundamentalmente su derecho a la movilidad”, advirtió.

El Mtro. Tarello Leal subrayó que la misión principal de la Universidad es la educación y que mientras estudiantes, docentes y trabajadores administrativos sean afectados en su economía por problemas de movilidad también se verá dañado el objetivo primordial de esta Casa de Estudios; por lo cual, hay un interés legítimo colectivo.

De igual modo, destacó que “en Querétaro no se había visto que la Universidad pudiera necesitar un amparo de esta naturaleza y poder controvetir la inconstitucionalidad de un acto. Es una obligación como universitarios tener una voz importante en canales institucionales frente al Estado cuando las autoridades lesionan la Constitución; es importante hacerlo de modo pacífico e institucional”, enfatizó.

Puntualizó que son tres las razones las que motivan este juicio de amparo. La primera se debe a que la ley señala la necesidad de realizar estudios de rutas, costos, infraestructura, tipo de equipos y combustible; así como estudios técnicos de movimientos de personas, prestaciones sociales y la situación socioeconómica de los usuarios del servicio. Dichos análisis no se han hecho públicos porque no existen y si los hubiera habría que corroborar si cumplen con los requisitos de la Ley de Movilidad para el Transporte. Se considera que la aprobación del aumento fue ilegal porque no siguió conforme a la seguridad jurídica. Además, si los concesionarios fueron los que solicitaron el incremento están obligados a emitir un estudio y un pliego de compromisos.

El segundo motivo es que la fijación de la tasa es tan desproporcionada que el salario mínimo vigente en la zona en la que se encuentra Querétaro incrementó este año en un 6.6 por ciento, mientras que el transporte público -de acuerdo con el incremento que se dio- tan sólo este servicio aumentó del 14.7 al 29.4 por ciento, es decir, casi tres veces lo que incrementó el salario mínimo”.

Asimismo, la tercera razón se refiere a la obligación de las autoridades de proporcionar la información necesaria, que hasta el momento no se ha hecho pública. Por lo cual, aseveró que se ven afectados los artículos 3, 6, 25, 26 y 31 de la Carta Magna y como consecuencia el incremento a las tarifas de transporte es inconstitucional.

Posterior a la aprobación de la solicitud de amparo, alumnos de la Facultad de Bellas Artes -dirigidos por el Mtro. John Cordero Peralta- llevaron a cabo un performance relacionado con el transporte público en Querétaro y el aumento a las tarifas.

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Por ActivoQ