Tienen derecho a cotizar semanas para su retiro laboral.
Al término de la obra se debe de realizar la baja para evitar el cobro de las cuotas.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), hace un llamado a los dueños de predios donde se lleve a cabo una obra de construcción, para dar de alta la obra conforme lo establece la Ley del Seguro Social y el Reglamento del Seguro Social obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo, y luego proceder a la baja o estar al pendiente que la gente que contratan lo haga.
Desde la más mínima construcción como una remodelación o ampliación de vivienda, hasta una nave industrial, incluyendo las obras públicas, deben ser registradas ante el IMSS para proceder a la afiliación de los trabajadores.
Carlos Ernesto Siordia Mejía, jefe de Afiliación y Cobranza del IMSS en Querétaro, indicó que toda construcción involucra trabajadores, mismos que deben ser protegidos por el Instituto para que tengan las prestaciones en especie y en dinero que establece la Ley del Seguro Social.
Como todo trabajador, los de construcción también tienen derecho a gozar de un servicio médico para ellos y sus familias; y en caso de un accidente o una enfermedad tienen derecho a su atención y al pago de incapacidades e, incluso, de una pensión. Asimismo, pueden ir cotizando semanas para que cuando llegue la hora del retiro laboral por cesantía o vejez lo puedan obtener sin problemas.
Este llamado incluye a las personas que realizan una autoconstrucción, pues de no dar el aviso correspondiente y posteriormente es detectada por verificadores del IMSS, se complica el demostrar que el dueño realizó los trabajos y pueden fincársele cobros.
Por ello, es recomendable acudir a recibir asesoría por parte del departamento de Auditoría a Patrones de la Subdelegación del municipio cuando se construye, remodela o autoconstruye.
“Dar la baja de obra es sumamente importante para que en su momento sea confirmada por personal del Instituto y extender la liberación a la persona o empresa que registró la construcción. De lo contrario, en caso de incumplimiento, el propietario de la obra resulta responsable solidario de las omisiones de su subcontratista”, señaló Carlos Siordia.
Indicó que mientras no se informe la conclusión de una obra, se continuará emitiendo el cobro por cuotas obrero-patronales que regularmente cubren, en casos de construcciones menores, a los propietarios de viviendas y en el caso de mayores, a las empresas contratistas.
Los constructores establecidos deben tener conocimiento sobre los reglamentos, por lo que se ajustan a su cumplimiento, pero hay gente que improvisa construcciones o contrata a otras que no saben del todo, lo cual puede provocar un problema al no dar de alta a los trabajadores.