La diputada local del Partido Encuentro Social, Elsa Méndez, presento ante oficialía de partes la iniciativa de ley denominada Dilación Procesal, la cual otorgar herramientas jurídicas para que se pueda proteger a los miembros de la familia por la vía Penal, cuando se sufra el retardo injustificado del proceso jurisdiccional, que afecte la convivencia del menor con la Familia y se impida el ejercicio de un derecho que produzcan una lesión jurídica de naturaleza formal o adjetiva que no necesariamente llegara a trascender al resultado del fallo; sino que además que debían recaer sobre derechos cuyo significado rebasara lo puramente procesal, lesionando bienes jurídicos, cuya fuente no proviniera exclusivamente de las leyes adjetivas.
“se entiende como Dilación Procesal el perjuicio que se causa cuando el proceso jurisdiccional se ha retardado injustificadamente impidiendo el ejercicio de un derecho que produzcan una lesión jurídica de naturaleza formal o adjetiva que no necesariamente llegara a trascender al resultado del fallo”.
La reforma al Artículo 291 Bis. al código penal señala: Al que sin justificación procesal retarde el curso o acción legal del proceso jurisdiccional de manera indebida para su beneficio o el de otro, generando dilación procesal a las partes se le impondrá prisión de 3 meses a 5 años y de 20 a 200 días multa.