La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, emite INFORME ESPECIAL al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, por prácticas administrativas irregulares en el Centro de Convivencias Familiares (por sus siglas CECOFAM), ya que se viola sistemáticamente el Interés Superior de la Niñez.

Este tipo de resoluciones se hacen públicas cuando existen hechos u omisiones que impliquen conductas evasivas o de entorpecimiento por parte de las autoridades o servidores públicos que deban colaborar en las investigaciones que lleva a cabo este Organismo; atendiendo a la importancia del caso; precisando la situación particular de gravedad,por ello, el presente pronunciamiento se emite a efecto de proteger los derechos humanos de la niñez.

El artículo 3° de la Ley de Derechos Humanos del Estado de Querétaro, establece la facultad de ésta Institución para conocer de quejas por actos u omisiones de autoridades judiciales, cuando estos tengan carácter administrativos.

Es importante reiterar que esta Defensoría no pretende conocer o resolver el fondo de los asuntos sobre custodia y convivencias que son competencia judicial.

El 1° de marzo del 2013, la Señora Carolina Vico Suárez compareció ante este Organismo Defensor de Derechos Humanos e inició queja en contra de los psicólogos del CECOFAM, por la falta de intervención oportuna en la convivencia “supervisada” entre sus hijos y el padre de éstos, situación que ponía en riesgo emocional, psicológico y físico de manera constante a los menores. La quejosa manifestaba que las convivencias generaban en sus hijos crisis emocionales severas, yante su mal estado, los psicólogos no intervenían de ninguna forma alguna.

Personal de la Visitaduría General y de la Coordinación de Atención a la Víctima de este Organismo, facultados para intervenir en situaciones de atención a víctimas y violencia, realizaron una inspección en el Centro de Convivencia, dando fe de una crisis emocional severa, que puso en riesgo la integridad física, psicológica y emocional de la menor; hechos que constan en un dictamen psicológico emitido por la Coordinadora de Atención a la Víctima de esta Defensoría.

El 15 de abril del 2013, la C. Gabriela María Rodas Briseño compareció ante esta Defensoría e inició queja en contra del personal de la Unidad de Psicología del Tribunal Superior de Justicia, argumentando que el 13 de abril del mismo año, llevó a su menor hija al CECOFAM a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juez en el sentido de tener convivencias con su padre.

Refirió que la menor no quería quedarse en la convivencia, y cuandoella intervenía para darle tranquilidad a la niña, el padre ejerció sobre la menor un acto de fuerza física, lo que provocó que ésta cayera al piso, lesionándose espalda y cabeza. Dichas lesiones se acreditaroncon certificado médico realizado por la Procuraduría General de Justicia el mismo día de los acontecimientos. En estos actos, pese a que los psicólogos están facultados para intervenir, tampoco lo hicieron.

El 22 de julio del 2013, la C. Janet Carolina Ordoñez Loyola compareció ante la Defensoría, en compañía de un grupo de padres de familia, quienes iniciaron queja por el mal estado de las instalaciones del CECOFAM, lugar en el que se desarrollan las convivencias.

Manifestaron que dichas instalaciones no son dignas ni seguras para los usuarios, pues no hay un espacio adaptado para las convivencias de lactantes, no cuentan con botiquín o personal médico pese a que es un espacio de concentración de niños, no hay sanitarios suficientes y distintos para niños y padres, carecen de condiciones de higiene y seguridad.

En agosto de 2013, las quejas antes referidas se acumularon en un solo expediente; en el que quedó plenamente acreditada la violación a los derechos de la niñez, pues el Centro de Convivencias Familiares dependiente de la Dirección de Psicología del Tribunal Superior de Justicia, viola en sus actuaciones el Interés Superior de la Niñez.

Los psicólogos del Centro manifestaron ante esta Defensoría que se requiere un área de filtro que separe a los menores en el momento de la entrega recepción, puesto que el hecho de que se den en el mismo espacio, hace que las reacciones de unos menores afecten emocionalmente a otros.

Por otro lado, la intervención de los psicólogos debe ser más activa y profesional, en total colaboración y comunicación con personal del juzgado.

Se destaca que las instalaciones son insalubres, pues en algunas zonas se da el crecimiento de hierbas; en otras áreas no hay pisos uniformes, lo que representa un riesgo constante para los infantes. No hay espacios cerrados suficientes para protegerse del sol, frío y lluvia, además de que no cuentan con medidas de protección civil.

La Unidad de Protección Civil Municipal informó a esta Defensoría,que nunca se le ha practicado verificación o inspección a laCECOFAM.

Es importante señalar que, a raíz de los acontecimientos del pasado 3 de marzo de este año, en los que una menor de 10 meses perdió la vida en una guardería por la probable falta de acciones oportunas y decapacitación en primeros auxilios, de quienes la tenían a su cargo, así como situaciones propias de seguridad y protección civil; los hechos motivo de éste INFORME ESPECIAL, toman una mayor relevancia y son de extrema preocupación para los padres que acuden alCECOFAM; por lo que se hace necesario asegurar el interés en favor de la niñez en dicho centro.

Razón por la cual, el 8 de noviembre de 2013, ésta Institución emitióun Acuerdo de Responsabilidad en contra del Tribunal Superior de Justicia, quien el 25 de noviembre de 2013, se comprometió a lo siguiente:

1) Modificar el manual operativo de la Dirección de Psicología

2) A contemplar cambios físicos a las instalaciones

3) Y por último a la supervisión de Protección Civil en el espacio del CECOFAM.

Ante la omisión en el cumplimiento de estas acciones, el 14 de abril de 2014, compareció el señor Juan Figueroa Espinosa, quien en representación de otros padres de familia, manifestó que al día de hoy, las condiciones y funcionalidad en el CECOFAM no han cambiado; que la intervención de los psicólogos es nula para propiciar la sana convivencia entre padres e hijos; y que las instalaciones siguen sin contar con requisitos mínimos e indispensables de protección civil en favor de los niños y padres que asisten.

Cabe mencionar que la legislación nacional e internacional prevé la obligación de instituciones públicas, privadas, tribunales, órganos legislativos, a fin de velar por el interés superior de la niñez.

Específicamente artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, refiere que los Estados Partes respetarán el derecho del menorque esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ellos de modo regular, salvo si es contrario al interés superior de la niñez.

Esta Defensoría no pretende que la convivencia entre los niños y suspadres no se ejecute, por el contrario, lo que se busca es que el servicio que brinda CECOFAM, sea acorde a los derechos de la niñez.

Ante este escenario, y ante las omisiones, que implican conductas evasivas por parte de la autoridad, y la nueva denuncia formulada por los padres, pese a los compromisos adquiridos por el Tribunal Superior de Justicia, se rinde el presente INFORME ESPECIAL, bajo la siguiente petición:

ÚNICO. Se hace una respetuosa sugerencia al Magistrado PresidenteCarlos Manuel Septién Olivares para que de manera inmediata se tomen acciones en favor de los usuarios del CECOFAM, respecto a la intervención de los psicólogos y la adecuación de espacios físicos, con la finalidad de que no se vulnere el Interés Superior de la Niñez y de garantizar en forma integral, la protección más amplia el derecho a la protección de los menores.

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Por ActivoQ

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