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Esta iniciativa de ley adopta el término de seguridad humana ya que refiere a un estado moderno pues engloba la tarea que en materia de seguridad deben desempeñar los gobiernos, las comunidades y las personas, además de que pone énfasis en la necesidad de generar medidas preventivas que disminuyen la vulnerabilidad de los derechos y seguridad de las personas, y además se garantiza la convivencia entre los ciudadanos y preserva la integridad personal.   El

Esta iniciativa tiene como vértice la prevención social del delito y de la delincuencia, por lo que se propone un Sistema Estatal de Seguridad Humana integrado por instancias de coordinación como lo son los Consejos Estatal y Municipales de Seguridad de manera especial y novedosa a través del Centro Estatal de Prevención Social (CEPRES) que será un organismo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Ciudadana cuyas atribuciones y funciones serán coordinar y evaluar las políticas, programas, proyectos y acciones de prevención de la violencia y la delincuencia.

El proyecto de ley promueve la cultura de la prevención, la participación y la denuncia ciudadana desde la educación básica. Así mismo se prevé que los presidentes municipales puedan decidir sobre la implementación de los modelos del Policía de Proximidad, que aspira a ser un servicio policial que se anticipe y prevenga las dificultades, los riesgos y el delito que permitirá tener policías con un mejor dominio del área y conocimiento profundo de las características sociales y culturales de la población y responder a su requerimiento.

Por otra parte, se enriquece el capítulo que establece los derechos y obligaciones policiales denominado Estatutos de los Policías en donde es primordial la actitud física y mental de los elementos, es por ello que los policías de carrera tendrán derecho a que la corporación a la que pertenezcan les procure una alimentación adecuada y una atención integral, incluido apoyo psicológico, entre otros. Además de que se propone que el servicio policial se reduzca de 28 a 25 años. Se contempla la obligación de someterse a exámenes de control de confianza a quienes pretendan ingresar a cualquier corporación policíaca.

También se contempla que cada corporación de policía deba emitir sus protocolos de actuación en estricto apego a los principios rectores de la función policial en términos de la Ley Federal del Sistema Nacional de Seguridad debiendo prever el uso relativo al uso legítimo de la fuerza, el control de masas, medios de detención entre otros; además de un informe policías homologado que resuma los eventos y que cada informe se coloque en una plataforma informática que facilite el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones.

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Por ActivoQ

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