En sesión del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) fueron desechadas las impugnaciones a la candidatura de Adolfo Ríos García presentadas por los Partidos Políticos Revolucionario Institucional (PRI), Querétaro Independiente  y Convergencia Querétaro, al considerar el colegiado infundadas las pruebas pruebas que señalaban que el candidato de la alianza política “Juntos Haremos Historia” no cumplía con el requisito de tres años que marca la ley electoral para ser candidato.

“Se propone declarar infundados los agravios esgrimidos por los actores, puesto que todos los elementos probatorios presentados por las partes llegan a concluir que fue correcta la determinación del Consejo de tener por satisfecho el requisito de residencia”.

En los detalles de la resolución que se leyeron, se da cuenta que desde el 2004 Adolfo Ríos vivía en Querétaro, y que por una división territorial pasó su domicilio a El Marqués, sin embargo tiempo después cambió domicilio, así mismo la carta de residencia señala tres años de residencia en Querétaro lo cual al ser el documento oficial que garantiza la residencia, es que el TEEQ aprobó la procedencia de la candidatura de Adolfo Ríos.

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Por ActivoQ